La Habilitación que se gestiona a través de Co.Ki.BA, la cual la otorga el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, se refiere a la normativa del Decreto 3091/97 y SOLO le sirve para trabajar en ese lugar a los profesionales de la Kinesiología. Si en ese domicilio, trabajan otros profesionales de la salud, cada profesional DEBE habilitar a través de sus colegios profesionales o directamente en el ministerio de Salud, si no posee Colegio profesional.
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